martes, 3 de noviembre de 2009

Artículo 09

Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.

Artículo 10

Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.


¿Que entiendo del artículo?

Se puede entender que todos tenemos el derecho de ser oidos publicamente y con justicia frente a un tribunal independiente e imparcial. Para la justa determinacion de sus derechos y deberes.


¿Cual es su finalidad?

La finalidad de este articulo es darle el derecho a las personas a ser odias publicamente y justamente. y con esto poder determinar los derechos y deberes de esta persona.


¿Cómo se aplica en la vida diaria?

Este derecho se aplica bastante mediante la prensa y/o pericodicos yaa que por estos medios las personas que son acusadas pueden ser oidas y de una forma justa.


¿Por qué es importante tener este derecho?

Es importante este derecho por que todos debemos ser oidos justamente. Y con ser oidos se pueden dar los testimonios y con ellos se llegan a mandar los derechos y los deberes de la persona.

Artículo 11





Artículo:

1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.

2. Nadie será condenado por actos que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.

Preguntas:

1. ¿Qué entiendo de este artículo?
  • Entendemos que cada persona acusada por cometer un delito, siendo o no el culpable, puede ''presumir'' su inocencia, porque esta persona tiene todo el derecho de ser escuchada, y las personas que lo tienen detenida no pueden hacer callar a esta persona, ya que no se estaría violando la justicia y la democracia.
2. ¿Cuál es su finalidad?
  • Su finalidad es hacer que las personas acusadas puedan ejercer sus derechos, y que sean mas respetados. También que se mejore la ejecución de la justicia en los casos de maltrato a los acusados.
3. ¿Cómo se aplica en la vida diaria?
  • Se aplica en la vida diaria en un juicio para saber si el acusado cometió un delito o no.
4. ¿Conoces un caso en el que se aplique el derecho en el Perú?
  • Sí, el caso de Susan "Pulmón'' Hoefken, aunque nadie crea que ella no lo hizo, Susan sigue siendo inocente hasta que las pruebas estén claras.
Vídeo

Aquí les mostramos un vídeo que pone un ejemplo de cómo se aplica este derecho...


Integrantes de Grupo:
- Yubel Cueva C. (Publicador)
- Fernando Ferreyros T.
- Jose Luis Hurtado
- Mariano Velasquez M.

Artículo 12

Artículo 12.

Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.


Video


Integrantes:
- Yubel Cueva Collado
- Fernando Ferreyros
- Jose Luis Hurtado
- Mariano Velasquez

Artículo 13

Artículo 13.

1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.

Video


Integrantes:
- Yubel Cueva Collado
- Fernando Ferreyros
- Jose Luis Hurtado
- Mariano Velasquez

Artículo 14

Artículo 14.

1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.

2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Video


Integrantes:
- Yubel Cueva Collado
- Fernando Ferreyros
- Jose Luis Hurtado
- Mariano Velasquez

Artículo 15

Artículo 15.

1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.

2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.

Video

Integrantes:

- Yubel Cueva Collado
- Fernando Ferreyros
- Jose Luis Hurtado
- Mariano Velasquez